Reglamentan las condiciones para la producción del aceite de cannabis medicinalLa resolución ocial publicada hoy incluye solicitar autorización al Instituto Nacional de Semillas (Inase), controles de ese organismo de todos los ciclos del cultivo y asignar a un técnico responsable. El gobierno nacional reglamentó hoy las condiciones para la producción, difusión, manejo y acondicionamiento en invernáculos para el cultivo de cannabis destinado a a aceite medicinal, y que incluyen solicitar autorización al Instituto Nacional de Semillas (INASE), controles de ese organismo de todos los ciclos del cultivo y asignar a un técnico responsable. La resolución ocial número 59/2019, publicada hoy en el Boletín Ocial, reglamenta lo aprobado por la ley 27.350 de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, promulgada el 29 de marzo de 2017. La Argentina e Italia raticaron iniciativas binacionales En la normativa se estableció que no "se podrá realizar ninguna actividad de producción, difusión, manejo, acondicionamiento e importación de Cannabis sp sin la previa autorización del Instituto Nacional de Semillas (INASE), organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Agroindustria del Ministerio de Producción y Trabajo". Volver a Actualizarte |
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